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sábado, 11 de mayo de 2024
El tema de la seguridad judicial en la era de la digitalización y la inteligencia artificial ha sido el eje de un coloquio entre responsables y expertos, organizado por el CSPJ en el marco del Salón Internacional de la Edición y del Libro (SIEL), hoy sábado 11 de mayo de 2024, como parte de las actividades de la 29ª edición del (SIEL), celebrada en Rabat bajo el Alto patrocinio de Su Majestad el Rey Mohammed VI, que Dios Le asista.

En su intervención, el Sr. Youssef Astouh, Jefe del Polo de Modernización y Sistemas de Información del CSPJ, resaltó la gran importancia que tiene la transformación digital en las políticas públicas, convirtiéndose en uno de los grandes proyectos en los que nuestro país está trabajando, con miras a convertir a Marruecos en una potencia tecnológica líder.

 

El ponente, durante la sesión presidida por la Sra. Nazha Msafer, miembro del CSPJ, señaló que el Consejo no se ha mantenido al margen de esta ola digital, trabajando desde su creación en implementar proyectos estructurados fundamentales en el ámbito de la digitalización de la administración judicial en general y de la administración del propio Consejo en particular, asegurando que las plataformas y programas desarrollados mejoran el trabajo, simplifican los procedimientos y acercan el servicio judicial al ciudadano.

 

Proteger el sistema de información, establecer las bases de la confianza digital y consolidar la soberanía informática, añadió el ponente, representan desafíos importantes que requieren la elaboración de planes para crear un entorno digital seguro, basado en la evaluación de riesgos y ciberataques, estableciendo una política de seguridad sólida y creando células de vigilancia informática.

 

Por otro lado, el Sr. Mohammed el Sasi, Jefe de la Oficina de Lucha contra el Cibercrimen de la Brigada Nacional de la Policía Judicial de la Dirección General de Seguridad Nacional, consideró que el enfoque adoptado para abordar el cibercrimen experimenta amplios cambios, impuestos por la naturaleza de este tipo de delitos, lo que se refleja en la definición del cibercrimen, confirmando que estos delitos son diversos y tienen una naturaleza diferente, que incluye delitos "nuevos" que han sido posibles gracias a la tecnología de la información y las comunicaciones, como ataques a la privacidad y datos, así como sistemas informáticos, además de los delitos tradicionales que se ven facilitados de alguna manera por el uso de la tecnología de la información y las comunicaciones.

 

El Sr. Sasi afirmó que esta diversidad impacta necesariamente en las investigaciones sobre delitos electrónicos, en las que se entrelazan una serie de tecnologías, así como la participación de numerosos servicios, organismos, organizaciones, empresas e individuos dentro y fuera del país de una forma u otra.

 

En su intervención, el Sr. Yassine El Raisouni, Jefe de la Unidad de Seguimiento de la Estrategia de la Dirección General de Seguridad de los Sistemas de Información, destacó las diferentes medidas adoptadas por la Dirección General de Seguridad de los Sistemas de Información, adscrita a la Administración de Defensa Nacional, con dimensiones estratégicas, legales, operativas y de sensibilización, destinadas a fortalecer la seguridad y la resistencia de los sistemas de información nacionales frente a diversas amenazas y riesgos, además de resaltar las diversas iniciativas que la Dirección General tiene previsto lanzar a corto y mediano plazo para fortalecer los logros alcanzados en el ámbito de la ciberseguridad.

 

En la intervención sobre las tendencias del Tribunal de Casación  en delitos digitales, el Sr. Hassan El Bakri, Presidente de la Sala Penal de la Tribunal de Casación, afirmó que el mal uso de las tecnologías de la información y la comunicación es el principal enfrentamiento entre el principio de estabilización de la seguridad en las comunidades, por un lado, y el principio de protección de las libertades y derechos individuales mediante el uso de estas tecnologías por parte de los individuos, por otro, señalando que cualquier intervención legislativa o judicial para evitar este conflicto o al menos reducir su intensidad conlleva dificultades que se traducen en problemas legales tanto objetivos como procedimentales.

 

Añadió que estos desafíos exigen la promulgación de una legislación que esté en consonancia con los avances en tecnologías de la información y la comunicación, y la revisión de las limitaciones impuestas por el principio de territorialidad de las leyes, teniendo en cuenta la naturaleza específica de los delitos de información y comunicación que no reconocen fronteras internacionales, y estableciendo mecanismos y programas para detectar tempranamente cualquier mal uso de las tecnologías de la información y la comunicación, y elevando el nivel profesional de los organismos de investigación, instrucción y juicio en delitos informáticos, y comprometiéndose con el principio de formación continua sobre todas las novedades en este ámbito, así como estableciendo leyes para supervisar el uso de las tecnologías de la información y la comunicación dentro de los límites de lo que es perjudicial para la seguridad.

Por otro lado, el señor Mohamed Benhamou, presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal de Casación, afirmó que el derecho a la vida privada es uno de los derechos naturales más importantes del ser humano. Es un derecho que ha sido ratificado por el orden mundial de derechos humanos y reconocido por las leyes nacionales y las leyes divinas. Sin embargo, la invasión de la tecnología y la digitalización en todos los ámbitos de la vida ha hecho que sea difícil mantener la privacidad de la vida personal del ser humano y su inviolabilidad.

 

El ponente reflexionó sobre cómo garantizar la confidencialidad de la vida y los datos personales del ser humano, subrayando que la monitorización o el espionaje de la correspondencia privada solo pueden llevarse a cabo mediante una orden judicial, en el marco de la preservación de la seguridad en la sociedad, de acuerdo con los convenios y tratados que han afirmado el derecho a la confidencialidad de la correspondencia y los datos personales, de los cuales las legislaciones nacionales han derivado las leyes que regulan este ámbito.

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